SISTEMAS DE RETRIBUCION A DIRECTIVOS

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Cuando hablamos de retribución flexible, estamos definiendo un sistema que busca la optimización fiscal del salario, distribuyendo este en 2 partes, una con ingreso periódico disponible y otra por medio de productos diversos,

En este caso nos centraremos en los sistemas de ahorro, capitalización y seguros de vida riesgo que cuentan con ventajas fiscales a medio y largo plazo.

Directivos y socios de las pequeñas y medianas empresas, cada vez más están acudiendo a esta forma de retribución que antes estaba destinada en exclusiva a grandes empresas y multinacionales. La mayoría son sistemas diseñados de forma personalizada a cada empresa/directivos, y no existe límite de aportación.

No se trata de salarios en especio, ya que este tipo de retribución tributa directamente en la nómina, la retribución flexible está más relacionado con una política de recursoshumanos dirigida al cumplimiento de objetivos concretos.

RETRIBUCIÓN ADMINISTRADORES

La retribución diferida es la base, y para el directivo, las aportaciones que realiza la empresa a este seguro de capitalización no tienen incidencia fiscal en su declaración de la renta hasta que no se produzca el cobro.

Una vez llegado el momento del cobro, este pasa a considerarse como rendimientos del trabajo, y es totalmente compatible con las pensiones públicas.

FIDELIZACION DE EMPLEADOS

Si lo que deseamos es fidelizar a un empleado clave de la organización, se puede construir un salario diferido a favor del mismo condicionando el cobro al cumplimiento de uno o varios objetivos concretos. Por ejemplo :

  • Periodo mínimo de permanencia 5 años
  • Cumplimiento de objetivos económicos de cualquier índole
  • Premio por antigüedad a los 20 años

La empresa siempre se reserva el derecho para que en caso de incumplimiento, está tomara posesión de todo el dinero invertido.

SEGUROS DE VIDA A SOCIO

Se trata más que de un sistema de retribución flexible de un seguro en caso de fallecimiento de cualquiera de sus socios. Evitando por ejemplo la entrada en el capital social de familiares o sucesores del socio fallecido. De esta forma el resto de socios o la propia sociedad cobraría la indemnización y esta se podría utilizar por ejemplo para el pago del valor de las acciones a los herederos del socio fallecido.