¿Autónomo o Sociedad Limitada?

0
2401

Si se ha planteado alguna vez dar el salto e iniciar una nueva actividad económica o ya lo ha hecho y cree que paga demasiado, quizás es la hora de analizar los pros y contras de SER AUTÓNOMO O SOCIEDAD LIMITADA.

A 31 de diciembre de 2016 había 1.972.985 trabajadores autónomos personas físicas según el Ministerio de Empleo y un total de 1.152.813 sociedades limitadas según el I.N.E.

Antes de entrar en el análisis de las diferencias legales, hay que decir que el autoempleo se está extendiendo debido entre otras cosas a los cambios tecnológicos que están creando un nuevo paradigma laboral, algunos estudios apuntan que en España la tendencia es que el 40% de la población activa podría ser autónoma en el futuro.

COSTES Y TIEMPO

La primera cuestión a la que nos enfrentamos son los costes de una opción u otra. Mientras que realizar el alta e iniciar la actividad como autónomo es un proceso de un día para otro y a coste  muy económico, constituir una sociedad y registrarla debidamente precisa como mínimo un mes de plazo, pasando por hacer frente a costes de notario, registros, publicación en Boletín Oficial de Registro Mercantil, capital social mínimo de 3.000 euros.

Una vez hemos pasado el trago del alta inicial, debemos llevar la gestión de las obligaciones legales y fiscales periódicas. De nuevo nos encontramos con una gran diferencia entre ambos planteamientos. Mientras que el autónomo se enfrentará a una contabilidad más “simplificada”, la sociedad tanto la legislación mercantil como la fiscal obligan a la llevanza de una contabilidad normalizada y donde se reflejen todos los movimientos económicos. Todo ello, evidentemente también significará un aumento de los costes de mantenimiento entre ambas opciones.

 FISCALIDAD

Con el afán de minimizar, básicamente la gran diferencia de una opción u otra la vamos a encontrar cuando pasemos cuentas con Hacienda cada año, la persona física Autónoma deberá hacerlo mediante su Declaración de Renta, y la Sociedad lo hará por el Impuesto de Sociedades.

 

 SEGURIDAD SOCIAL

Otra de las diferencias a destacar es la cuota mínima a pagar en las cotizaciones a la Seguridad Social en el régimen de autónomos. Cuando es autónomo persona física, la cuota a pagar sin subvención ni bonificación es de 267,04 euros mientras que la cuota de autónomos societarios es de 344,71 euros al mes, es decir una diferencia de 932,04 euros al año.

PROTECCIÓN JURIDICA

Otro de los elementos claves en la toma de la decisión, suele ser la limitación de la responsabilidad frente al riesgo del negocio. La Sociedad otorga una barrera delimitadora entre lo personal y lo empresarial, esto significa que la empresa responderá de sus deudas con sus propios bienes, quedando el patrimonio personal salvaguardado. Sólo en determinadas ocasiones esa responsabilidad podrá extenderse a los administradores.

En el caso de un autónomo persona física la limitación de responsabilidad solo es a su vivienda habitual, siempre que su valor no exceda de 300.000 euros y no habrá protección alguna para deudas contraídas con Hacienda o Seguridad Social, por tanto el empresario responderá con todos sus bienes actuales y futuros de las deudas contraídas en el negocio.

REFLEXIÓN

Si ya eres empresario persona fisica y tu volumen de facturación ha cogido cierta entidad (como regla general orientativa y no excluyente más de 90.000 euros al año) quizás es el momento de estudiar la opción de Sociedad, dependiendo de tu actividad, tu margen, y tus riesgos empresariales, puede ser una vía de protección y ahorro fiscal.

Si por el contrario, eres un nuevo emprendedor e inicialmente no vas a formar una gran infraestructura y/o tu facturación es más limitada y controlable, sin asumir grandes riesgos y sin personal asalariado, posiblemente tu mejor opción sea Autónomo persona física.