COMO ASEGURAR LA PERDIDA DE BENEFICIOS EMPRESARIALES

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El Seguro de Lucro Cesante o pérdida de beneficios es aquel por el cual la aseguradora indemniza por la pérdida de rendimiento económico que ha tenido lugar debido a la ocurrencia de un siniestro, el cual ha obligado a la parada de la actividad comercial o empresarial. Es decir, este tipo de seguros protege a la empresa contra las pérdidas que se produzcan en la cuenta de resultados de la empresa.

La Ley del Contrato de Seguro, prohíbe que se predetermine el importe de la indemnización, no pudiéndose por tanto recoger en la póliza de seguros una cantidad económica concreta pero si deben concretarse los criterios para cuantificar la indemnización

PORQUE ESTA GARANTIA

La importancia de contratar esta garantía en nuestras pólizas de seguros industriales no es menor si tenemos en cuenta  los enormes gastos fijos a los que cualquier empresa se enfrenta a diario para el correcto desarrollo de su actividad. Qué pasaría si la producción queda paralizada por un siniestro (por ejemplo un fallo de suministro eléctrico o por un robo del cobre de las conducciones de energía), tendríamos una pérdida de ventas, con una disminución repentina de la facturación, y por tanto una falta de ingresos y estrangulamiento absoluto de la tesorería de la empresa, haciendo inviable el pago de salarios, alquileres, hipotecas, suministros, y resto de obligaciones.

FORMAS DE ASEGURAMIENTO

Indemnización diaria – Se asegura un porcentaje de la facturación diaria.

Indemnización gastos permanentes – Son todos aquellos gastos fijos que no tienen relación directa con la producción. Por ejemplo, gastos de personal, gastos financieros, alquileres, reparación y conservación, suministros, tributos fijos, seguros, etc.

Indemnización margen bruto – Es la suma de los gastos permanentes más la perdida de beneficio neto de la actividad.

COMO SE CALCULA LA SUMA ASEGURADA

Determinar la suma asegurada de esta garantía, nos evitará sorpresa tanto en caso de siniestro por un supuesto INFRASEGURO, como en el cálculo de la prima a pagar a la aseguradora, ya que esta es el resultado de aplicar una tasa a dicha suma asegurada.

Por tanto el capital o suma asegurada se debe calcular teniendo en cuenta los últimos 3 ejercicios de actividad, dividiendo el Margen Bruto entre la facturación de cada año, una vez tengamos el resultado medio, dicho porcentaje lo aplicaremos a la facturación prevista para el ejercicio en curso.

EL PERIODO DE INDEMNIZACION

Como regla general, este tipo de garantías se aseguran con un límite temporal de 12 meses comenzando a partir del momento en que se ha producido el siniestro o la interrupción de la actividad. Dicho periodo de indemnización no puede ser interrumpido por la finalización del contrato de seguro posterior al siniestro.