El Contrato de Seguro, es el documento que firmamos por el que la Compañía de Seguros se obliga a resarcirnos de un daño cuando se provoca un siniestro con cobertura en la póliza, a cambio del pago de la prima estipulada en el mismo.
Esta obviedad la conoce todo el mundo, pero…¿sabemos lo que firmamos?, son cientos de casos en los que se repite siempre la misma frase, ¡Para que hago un seguro si luego no me cubre nada!
LEER Y ENTENDER
El no leer lo que contratamos ó no entender lo que firmamos nos puede salir muy caro, y más en los contratos de seguro. La letra pequeña, las vinculaciones y obligaciones de las partes, las exclusiones, los errores en los datos del tomador, el asegurado o el riesgo objeto del seguro pueden darnos más de un susto.
LOS DOCUMENTOS DEL SEGURO
En la documentación que nos entrega la compañía de seguros, debemos verificar, leer y entender lo siguiente:
Condiciones Particulares – Estas son las condiciones que constituyen lo esencial de la póliza, donde se indican las características concretas del riesgo o bien a asegurar. Estas condiciones solo amplían y aclaran las condiciones generales.
Condiciones Generales – Son las que se aplican en masa a todos los contratos de un mismo tipo, por ejemplo todas las pólizas de hogar de una compañía de seguros tienen las mismas condiciones.
Condiciones Especiales – Aquí se regulan la revocación ó inclusión de algunas garantías expuestas en las condiciones generales, modificando por tanto algunos aspectos del condicionado general pactados expresamente entre asegurado y asegurador.
Clausulas limitativas – Estas clausulas restringen, condicionan o modifican el derecho del asegurado a la indemnización. Deben estar subrayadas y en negrita y se deben firmar expresamente.
LAS TRES REGLAS DE ORO
Tres cuestiones básicas se deben tener en cuenta:
1º.- No todos los seguros son iguales, por ejemplo el denominado seguro a todo riesgo de un vehículo tiene tantas variedades y circunstancias diferentes como compañías aseguradoras hay en el mercado.
2º.- El seguro NO CUBRE TODO TODO TODO. Esa famosa frase publicitaria busca resumir a la mínima expresión la complejidad del resarcimiento de un daño en un contrato de seguro. Quizás antes deberíamos entender que un seguro solo cubre lo asegurado en la póliza, siempre que sea un hecho fortuito e inesperado y cuantas más garantías se aseguren evidentemente más prima se pagará.
3º.- Entender lo que firmamos. El sector asegurador cada vez hace más complejo y menos entendible las pólizas de seguros, utilizando palabras y formulas de aseguramiento que no son de uso común en la sociedad.
ALGUNAS DEFINICIONES DE PALABRAS
Aquí os dejamos algunas palabras normalmente utilizadas en el sector asegurador y que no son de uso común:
Addendum – Añadido a una póliza ya emitida.
Blanket – Termino utilizado en los seguros de daños y de Responsabilidad Civil que se expresa para designar al seguro que se extiende a mas de una ubicación o más de un empleado.
Coaseguro – Cuando dos o más compañías de seguros cubren un mismo riesgo.
Concurrencia de seguros – Cuando dos ó más contratos de seguro cubren un mismo riesgo y se deben repartir los daños.
Infraseguro – Cuando se ha asegurado algo por un valor inferior al que realmente tiene.
Lucro cesante – Ganancia dejada de percibir a causa de un siniestro
Claim made – Clausula limitativa de los seguros de responsabilidad civil, regulan la temporalidad limitándola en el tiempo antes o después de la vigencia del contrato de seguro.
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